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La Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento de la Villa de Firgas, que...
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Dirección: Plaza de San Roque nº 1. 35430. Villa de Firgas.
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Horario de Atención al público:
De Lunes y Miércoles, de 9:30 a 13:30.
Información:
La Oficina Técnica y el departamento Urbanismo, presta los servicios a la ciudadania, facilitándole el ejercicio de sus derechos con plenas garantías y prestando servicios eficientes y de calidad, a través del diagnóstico, identificación, revisión, propuesta e implementación de cambios sustanciales para simplificar los trámites y procedimientos de trabajo de la OT.
Simplificar implica mejorar la gestión pública y supone hacer más fácil y accesible la interrelación ciudadano- Ayuntamiento.
La normalización, racionalización y simplificación de procedimientos trata de facilitar la relación del ciudadano con el Ayuntamiento a través de la mejora de los procedimientos administrativos que le afectan, incluyendo la documentación a presentar.
Los objetivos que persigue son:
• Aumentar la eficacia y la calidad del servicio.
• Permitir el seguimiento exhaustivo de los expedientes a través de las distintas fases de tramitación.
• Garantizar niveles óptimos de integridad de la información.
• Facilitar el conocimiento de la documentación administrativa.
• Simplificar los cauces para la transmisión de documentos.
• Permitir un análisis de las cargas de trabajo.
• Reducir costes operativos y riesgos de manipulación de documentos mediante el tratamiento informático de la operación.
Las Normas Subsidiarias, es el planeamiento en vigor en la actualidad en la Villa de Firgas.
INTRODUCCIÓN.
1. Objeto y autor del encargo.
Las presentes Normas Subsidiarias del Planeamiento del Municipio de Firgas, tienen el siguiente objeto:
Ser el instrumento urbanístico que ordene la totalidad del Territorio Municipal, estableciendo el modelo de organización del territorio clasificando el Suelo Urbano, Apto para Urbanizar y Rústico, delimitando el ámbito territorial de cada uno de los distintos tipos de suelo, estableciendo la ordenación del suelo urbano y las áreas aptas para la urbanización y, en su caso, fijando las normas de protección del suelo rústico.
Este trabajo se realiza por encargo del Iltre. Ayuntamiento de Firgas a la empresa pública Gesplan, S.A.
2. Antecedentes urbanísticos.
La ordenación vigente en el municipio es un Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano aprobado definitivamente con fecha 23.12.74 al amparo de las Normas Subsidiarias y Complementarias de Planeamiento General de la Provincia de Las Palmas (O.M. 31.7.1973).
Este Proyecto de Delimitación fue modificado por acuerdo de la CUMAC de 28.4.1995, que amplió el suelo urbano en la zona del Lomo del Pino, para la construcción de viviendas sociales.
La tramitación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio se inició con una avance de planeamiento que fue sometido a información pública por acuerdo municipal de 6.12.1982, y aprobado el 18.4.1983. Un primer documento definitivo fue aprobado inicialmente
el 28.5.1986 y provisionalmente el 7.5.1987, siendo suspendida su aprobación definitiva por
acuerdo de la CUMAC de 23.2.1988, para que se subsanasen deficiencias. El nuevo documento, unas Normas Subsidiarias de las definidas como tipo a) en el art. 91 del Reglamento de Planeamiento (clasificación sólo de suelo urbano y rústico), fue aprobado inicialmente por la Corporación el 19.4.1990 y provisionalmente el 9.10.1990.
Con fecha 14.12.1990 (BOC 11.3.1991) la CUMAC acordó otorgar la aprobación definitiva con modificaciones a las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio. Por acuerdo de la Comisión de 5.7.1991 (BOC de 23.8.1991 y 18.10.1991) se estimaron los recursos del Ayuntamiento y de una asociación de vecinos, ampliando la superficie del suelo urbano y asentamientos rurales. Ambos acuerdos, de 14.12.1990 y 5.7.1991, fueron anulados por Sentencia 590/93, de 29.7.1993, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, no recurrida por la Comunidad Autónoma y declarada firme mediante auto de 19.1.1995 ante el desistimiento municipal del recurso. La causa de la anulación fue, básicamente, la clasificación de suelos urbanos y rústicos de asentamiento rural que no reunían los requisitos legales fijados por el art. 78 TRLS 76 y el art. 8 de la Ley 5/1987, respectivamente.
En el propio año de 1995 se inicia la formulación del tercer documento de Normas Subsidiarias, cuya redacción, por acuerdo entre el Ayuntamiento y la Dirección General de Urbanismo, se encomienda a la empresa pública GESPLAN, S.A.
En esta última etapa, las Normas fueron aprobadas inicialmente por acuerdo plenario de 5.12.1997. Se anuncio en el BOP de 12.12.1997 y un periódico de fecha 30.12.1997. El certificado del Secretario sobre las alegaciones se emite con fecha 14.1.1998, antes de que hubiese transcurrido el mes desde la publicación en el periódico.
El Pleno de 21.7.1998 acuerda la aprobación de modificaciones sustanciales al documento anterior, y su sometimiento a nuevo período de información pública, anunciada en el BOP de 24.7.1998 y un periódico de fecha 24.7.1998.
La aprobación provisional es acordada por acuerdo plenario de 28.1.1999.
3. Determinaciones de las Normas Subsidiarias.
Las presentes Normas Subsidiarias de acuerdo con el Art. 78 del Reglamento de Planeamiento contienen las siguientes determinaciones:
a) Fines y objetivos de su promulgación.
b) Infraestructuras básicas y sistemas generales de comunicaciones, espacios libres, áreas verdes y equipamiento comunitario.
c) Delimitación de los terrenos comprendidos en el suelo urbano, en las áreas aptas para urbanizar y en el suelo no urbanizable.
d) Definición del concepto de núcleo de población.
e) Asignación de usos y niveles de intensidad aplicables a las diferentes zonas en suelo urbano o que habrán de resultar de las operaciones de reforma interior previstas.
f) Asignación de intensidades y usos globales a las diferentes zonas en el suelo apto para urbanizar, fijando criterios para su determinación por los Planes Parciales (Artículo 13 y 15 del texto refundido de la ley sobre Régimen del suelo y Ordenación Urbana, aprobada por real Decreto Legislativo 1346/1976 de 09 de Abril).
g) Normas Urbanísticas.
h) Trazado y características de la red viaria del suelo urbano, con determinación de alineaciones y rasantes.
i) Señalamiento y delimitación de las zonas objeto de protección especial en el suelo rústico.
4. Desarrollo de las Normas Subsidiarias.
Las Normas Subsidiarias se desarrollarán de la siguiente manera:
En el suelo urbano de ordenación directa serán de aplicación las ordenanzas correspondientes a las diversas zonas de edificación homogénea.
N.N.S.S. de Planeamiento del Municipio de Firgas Gesplán, S.A. 3
En suelos urbanos no consolidados podrán delimitarse unidades de actuación con la finalidad de garantizar el cumplimiento de los deberes y los derechos de sus titulares.
Se desarrollará mediante un Plan Especial de Protección el ámbito delimitado por las presentes Normas Subsidiarias como Casco Antiguo para garantizar la preservación de sus valores patrimoniales.
En el Suelo Apto para Urbanizar que se delimite se podrán desarrollar sus correspondientes Planes Parciales conforme las determinaciones que se establezcan.
La ordenación en suelo rústico incluidos en Espacio Natural se desarrollará al amparo de su correspondiente instrumento medioambiental. El resto de suelo rústico será desarrollado conforme la legislación sectorial de aplicación, y la que establezcan las presentes Normas.
Fechas de aprobación y publicación del planeamiento:
Aprobación Definitiva Parcial
Aprobado el 08/06/1999
Publicado en el BOC del día 06/10/1999 Nº 134
_____________________________________________________________
Aprobación Definitiva
Aprobado el 09/04/2001
Revisiones Definitivas
Modificaciones Definitivas
Revisiones en Tramitación
Modificaciones en Tramitación
Memoria:
Denominación | Páginas | Fecha Aprobación |
Memoria de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio de Firgas. (Paginado según el original). | PDF (1-61) , 79 | 09-04-2001 |
Normativa:
Denominación | Páginas | Fecha Aprobación |
Normativa de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio de Firgas. (Paginado según el original). | PDF (62-200) , 158 | 09-04-2001 |
Planos:
Catálogos:
Denominación | Páginas | Fecha Aprobación |
---|---|---|
Catálogo de Patrimonio Etnográfico Municipal (fichas de la 1 a la 56). (1º) | PDF (2-85) , 85 | 09-04-2001 |
Catálogo de Patrimonio Etnográfico Municipal (fichas de la 1 a la 56). (y 2º) | PDF (3-170) , 85 | 09-04-2001 |
Catálogo de Patrimonio Etnográfico Municipal (fichas de la 57 a la 112). (1º) | PDF (4-84) , 84 | 09-04-2001 |
Catálogo de Patrimonio Etnográfico Municipal (fichas de la 57 a la 112). (y 2º) | Pdf (5-169) , 85 | 09-04-2001 |
En esta sección constan los datos relativos a cada clase y categoría de suelo previstos en el concreto plan general de ordenación, correspondiéndole a cada tipo de suelo un régimen jurídico que la normativa define y regula; En particular:
- Superficies relativas a las distintas clases y categorías de suelo.
- Enumeración de cada uno de los ámbitos de suelo urbano no consolidado y sectores de suelo urbanizable, detallándose los parámetros urbanísticos relativos a los mismos (entre otros, superficie total, uso, sistema de ejecución).
En esta sección figuran las superficies correspondientes a las distintas categorías de suelo rústico recogidas en el planeamiento en vigor.
Por otra parte, se incluye las características y parámetros referentes a cada uno de los asentamientos, rurales y agrícolas, contemplados en el respectivo Plan General de Ordenación.
Resumen de superficies según clases y categorías de suelo.
1.253.613,00 m²
312.600,00 m²
14.371.620,00 m²
Relación de Suelos Urbanos:
- No incluye la información urbanística correspondiente a la categoría de Suelo Urbano Consolidado.
- UA Los Andenes
Suelo urbano
Residencial,
21.257,00 m²
Pública por Cooperación
Relación de Suelos Urbanizables:
- SAU 3 Mesetas de Casablanca
Suelo urbanizable
Residencial,
43.810,00 m²
Privada por Concierto
- SAU 6 Cambalud - Sur
Suelo urbanizable
Residencial,
31.015,00 m²
Privada por Compensación
- SAU 4 La Cruz
Suelo urbanizable
Residencial,
91.581,00 m²
Privada por Concierto
- SAU 1 Cambalud Norte
Suelo urbanizable
Residencial,
15.460,00 m²
Privada
- SAU 7 Padilla
Suelo urbanizable
Residencial,
70.351,00 m²
Privada
- SAU 5 Los Dolores
Suelo urbanizable
Residencial,
59.956,00 m²
Privada
- SAU 2 Cambalud Centro
Suelo urbanizable
Residencial,
22.006,00 m²
Privada por Concierto
Relación de categorías de suelos rústicos:
: 77.482,00m²
: 465.463,00m²
: 2.378.600,00m²
: 3.737.656,00m²
: 5.964.440,00 m²
: 1.527.408,00m²
: 220.822,00m²
Relación de Planes Parciales:
Nombre |
Fase |
Fecha de aprobación |
Fecha BOC |
Nº BOC |
Fecha BOP |
Nº BOP |
Aprobación Definitiva |
10/08/2005 |
27/09/2005 |
31/08/2005 |
|||
Aprobación Definitiva |
11/08/2004 |
|
|
02/05/2005 |
||
Aprobación Definitiva |
13/01/2006 |
5/04/2006 |
03/03/2006 |
|||
Aprobación Definitiva |
14/07/1988 |
|
|
30/11/1990 |
149 |
|
Aprobación Definitiva |
14/11/2006 |
27/02/2007 |
15/12/2006 |
|||
Aprobación Definitiva |
11/08/2004 |
11/05/2005 |
02/05/2005 |
El Plan General de Ordenación de Firgas, se encuentra en fase de redacción.
Plan General en tramitación
Esta sección consta la fase procedimental en la que se encuentra el concreto planeamiento en tramitación (avance, aprobación inicial y provisional), las fechas de adopción de los acuerdos y los enlaces directos a las publicaciones de estos en los boletines oficiales.
El Plan General de Ordenación constituye el instrumento básico de la ordenación urbanística integral de cada municipio. Una vez en vigor un plan, su contenido no resulta inalterable sino que, por el contrario, con el objeto de adecuar sus previsiones a la evolución de los factores económicos, sociales y culturales, o, en su caso, en cumplimiento del deber jurídico de adaptación a un nuevo marco normativo, puede ser objeto de alteraciones, formalizándose éstas a través de un procedimiento, bien de modificación o bien de revisión, según sean las características de las reformas pretendidas, de acuerdo con las previsiones contempladas en los artículos 46 del TR-LOTC y 54 y siguientes del RPO.
Fechas de aprobación y publicación del Plan General en tramitación:
Aprobación Inicial
Aprobado el 14/12/2006
Publicado en el BOC del día 23/01/2007 Nº 17
Publicado en el BOP del día 20/12/2006 Nº 161
Avance
Aprobado el 13/01/2006
Publicado en el BOP del día 20/01/2006 Nº 10
* Avance del Plan General de Ordenación Supletorio del Municipio de la Villa de Firgas (Gran Canaria) y su Informe de Sostenibilidad Ambiental
Más información aquí.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 121, viernes 20 de septiembre de 2013
* Se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 27 de febrero de 2012, relativo a la toma de conocimiento de la declaración de caducidad del Plan General de Ordenación de Firgas.
* Acuerdo de la COTMAC de fecha 02/10/2009, sobre la inserción de la Evaluación Ambiental Estratégica del PGO sin necesidad de retrotraer las actuaciones.
(BOC nº 233, 27/11/2009).
* Acuerdo de fecha de 11/08/2008 sobre ampliación por dos años del plazo máximo de tramitación de la revisión del PGO.
(BOC nº 172, 28/08/2008).
* La aprobación inicial del PGO, suspende el otorgamiento de licencias, por cuanto que las nuevas determinaciones del Plan suponen modificación del régimen urbanístico vigente, en los Ámbitos y sectores delimitados en el documento 06.
(BOC nº 17, 23/01/2007).
* Aprobación Inicial del documento de Adaptación Básica del PGO al Texto Refundido.
(BOP nº 7, 15/01/2003).
En el Punto de Información Catastral usted podrá solicitar, siendo usted titular de la propiedad o con la debida autorización, adjuntando DNI, la siguiente documentación:
– Certificados descriptivos y gráficos.
– Certificados de bienes.
– etc…
Por mediación de la Oficina Técnica Municipal en colaboración con la Gerencia Regional del Catastro, los ciudadanos podrán iniciar los trámites siguientes:
– Altas de viviendas y solares.
– Cambios de titularidad.
– Aclaraciones, dudas y cualquier consulta relacionada con el catastro.
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